Evitemos tener clientes esperando
El primer motivo para considerar el mantenimiento de las puertas automáticas como algo serio y de obligado cumplimiento es la producción del local. Teniendo en cuenta que una puerta con un mantenimiento inadecuado o nulo aumenta (exponencialmente al tiempo) las posibilidades de que surja un fallo y, por ende, tengamos a primera hora de la mañana la entrada al establecimiento con una acumulación de clientes esperando y una puerta que no abre. Por lo que conllevará unos costes del correctivo urgente, pérdidas en ganancias y mala imagen de cara a potenciales clientes.
Digamos adiós a los fallos repentinos
Otro factor a tener en cuenta es desde el punto de vista de la seguridad, una puerta mal conservada y mal mantenida hace que se provoquen fallos; por ejemplo que tarde más tiempo en abrir del programado, que no se abra, o bien, que se cierre repentinamente y provoque daños a cualquier cliente. Esta responsabilidad es totalmente nuestra puesto que tenemos la obligación de realizar el mantenimiento preventivo como veremos más adelante.
Prevengamos gastos extras
Otra razón de peso es la económica, es toda una inversión apostar por realizar el mantenimiento preventivo a nuestras puertas motorizadas, ya que piense cuanto valdría colocar una puerta nueva debido a que la actual se ha terminado rompiendo por no tenerla adecuadamente preparada para su uso. Por lo tanto, ahora tendría que comprar una puerta nueva y, seguro, que a esta sí le realizará el mantenimiento. La prevención hace que las posibilidades de fallo disminuyan o que se prevean éstos y se puedan solucionar.
No sólo por estas razones debemos realizar un mantenimiento preventivo periódico a nuestras puertas motorizadas. Nuestra legislación (España) lo obliga y así lo recoge:
1. Puertas Motorizadas mayores de 6,25 m2 (tipo puerta de garaje), persianas enrollables y Barreras. Ya sean para uso peatonal o de vehículos.
- Norma que le afecta: CTE DB SI apartado 6.5, que te remite para las condiciones de mantenimiento a la norma UNE 12635: 2002+AA:2009.
- Mantenimiento: No obligatoriedad de tener firmado un contrato de mantenimiento, pero si obligatoriedad de realizar dicho mantenimiento. Se recomienda tener firmado contrato de mantenimiento porque en caso de accidente libera de responsabilidad al propietario.
- Periodicidad: La marca el fabricante de la puerta, pero de forma general se recomienda para uso comercial cada 3 meses y barreras cada 3 meses. Como mínimo anual.
2. Puertas Motorizadas automáticas peatonales. (Puertas de Cristales).
- Norma que le afecta: EN 16005.
- Periodicidad: Anual y se realizará según norma UNE 85121.